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Novedades en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas

Procesal y arbitraje Fernando Ramos Barseló

La responsabilidad penal de las personas jurídicas fue instaurada en nuestro ordenamiento jurídico en diciembre de 2010, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010 que modificaba nuestro Código Penal (CP). Hasta dicha fecha, las personas jurídicas no podían ser consideradas responsables de la comisión de delitos, ya que esta posibilidad estaba reservada únicamente a las personas físicas, tal y como reflejaba el axioma latino “societas deliquere non potest”.