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INTERPOSICIÓN DE RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO EN EL AMBITO TRIBUTARIO

Fiscal y Precios de transferencia Laureano Beltrán Vila

Ante unas actuaciones de comprobación e investigación por parte de cualquiera de las administraciones tributarias (local, autonómica o estatal), es posible que los criterios interpretativos aplicados por el contribuyente sean distintos a los que la Administración considere correctos. Tras agotar la preceptiva vía administrativa, el orden jurisdiccional, en particular el contencioso-administrativo, sería, salvo alguna excepción, la última línea de defensa de la que dispone un contribuyente en su relación con la Administración tributaria.

Las regularizaciones tributarias derivadas de los mencionados procedimientos de comprobación se vienen repitiendo más a menudo de lo que sería deseable, pues el interés del contribuyente (cumplimiento/ahorro fiscal) suele ser opuesto al interés de la Administración tributaria (revisión/recaudación). Así pues, una vez superado el escollo que supone agotar la vía administrativa en el ámbito tributario, el contribuyente tiene la posibilidad de que un tercero independiente (un juez o magistrado) entre a valorar el supuesto de hecho concreto y se pronuncie sobre la adecuación a Derecho de la actuación del contribuyente.

Dependiendo de la Administración tributaria que haya realizado la comprobación, la competencia judicial para resolver la disputa entre el contribuyente y la Administración será distinta. Simplificando mucho los supuestos, si nuestra disputa tributaria se desarrolló frente a entidades de la Administración Local será ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo donde se debe interponer el recurso contencioso administrativo. Por otro lado, los recursos contencioso-administrativos contra las resoluciones de los Tribunales Económico-administrativos Regionales y Locales y del Tribunal Económico-administrativo Central (en materias relativas a los tributos cedidos) se deben interponer ante los Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad autónoma, quedando la Audiencia Nacional para conocer de los recursos contencioso-administrativos que se interpongan contra las resoluciones del Tribunal Económico-administrativo Central dictadas en el ámbito de los impuestos estatales.

Así pues, delimitado cuál será el Tribunal que juzgue nuestro caso, es interesante comentar qué aspectos debemos analizar inicialmente para interponer un recurso contencioso-administrativo en el ámbito tributario.