Los PFAS, conocidos como “químicos eternos”, se han convertido en uno de los principales focos de atención para reguladores, empresas y aseguradoras.
Su elevada persistencia en el medio ambiente y las preocupaciones asociadas a sus posibles efectos están impulsando nuevas medidas regulatorias y un aumento de las controversias en distintas jurisdicciones. El fenómeno plantea interrogantes que van desde la responsabilidad por producto hasta el alcance de las coberturas aseguradoras.
Una de las particularidades de los PFAS reside en su persistencia. La posible aparición de consecuencias mucho tiempo después de la fabricación, comercialización o utilización de determinados productos dificulta la identificación y delimitación de responsabilidades.
Para las empresas, ello obliga a revisar la presencia de estas sustancias en sus cadenas de producción y suministro y a valorar la exposición jurídica que puede derivarse de actividades desarrolladas durante periodos prolongados.
El aumento de las reclamaciones relacionadas con PFAS está situando en primer plano cuestiones vinculadas a la responsabilidad civil y la responsabilidad por productos.
Determinar qué compañía puede resultar responsable, cuándo se produjo el hecho generador del daño o qué normativa resulta aplicable puede adquirir una considerable complejidad, especialmente cuando existen múltiples operadores o actividades desarrolladas en distintas jurisdicciones.
Las aseguradoras también deben enfrentarse a interrogantes sobre el alcance temporal y material de las coberturas.
La existencia de daños de manifestación tardía, la evolución del conocimiento científico y los cambios regulatorios pueden dificultar la determinación de qué pólizas responden ante una reclamación y en qué condiciones.
La evolución de los PFAS demuestra cómo los riesgos ambientales pueden trasladarse progresivamente al ámbito de la responsabilidad empresarial y aseguradora.
Para las compañías potencialmente expuestas, identificar la presencia de estas sustancias, revisar sus mecanismos de cumplimiento y analizar sus programas de seguros puede resultar esencial para anticipar responsabilidades futuras.
La dimensión internacional del fenómeno exige, además, realizar un seguimiento continuo de la evolución normativa y jurisprudencial en las distintas jurisdicciones en las que operan las empresas.