La semana pasada, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) comunicó la adopción de cinco directrices en el marco del Reglamento MiCA, reforzando así su compromiso de controlar y supervisar la regulación de criptoactivos en España. Las principales novedades son las siguientes:
Respecto a la evaluación de idoneidad, el Reglamento MICA considera que las entidades deben evaluar a los inversores en criptoactivos. ESMA ha señalado que este requisito es similar al que se exige bajo MiFID, por lo que lo ha adaptado teniendo en cuenta las particularidades propias de los criptoactivos. En este sentido, el documento se divide en 11 directrices agrupadas en cuatro bloques, siguiendo una estructura parecida a la de MiFID:
Igualmente, para asegurar la consistencia entre MiFID y MiCA, ESMA también ha elaborado los criterios sobre el estado de cuentas periódico de gestión de carteras sobre la base de los requisitos ya existentes en MiFID.
Estas directrices, establecen la necesidad de que los proveedores de servicios de criptoactivos establezcan, implementen y mantengan políticas relativas a:
Estas directrices dan las pautas para que los oferentes de criptoactivos puedan proceder a su clasificación, incluyendo plantillas a cumplimentar por los oferentes o un diagrama de flujo para la autoridad competente.
Estas directrices precisan los supuestos en los que se considera que una empresa de un tercer país está captando clientes establecidos la Unión Europea, y se detallan las prácticas para evitar el uso fraudulento de la exención de captación inversa.
Se establecen estándares para garantizar sistemas de acceso seguro para los oferentes y personas que soliciten la admisión en la negociación de criptoactivos, así como para preservar la integridad del mercado.
Estas directrices suponen un paso firme hacia una regulación armonizada, segura y transparente del sector de criptoactivos en Europa.